Si Ud. posee título de médico expedido por una Universidad extranjera y NO registra Convalidación otorgada mediante Resolución Ministerial y/o reválida otorgada por una Universidad de la República Argentina, puede solicitar la autorización provisoria según Resolución 997/20 y DNU 260/20.-
DECLARACION JURADA PARA PROFESIONALES MEDICOS NO REGISTRADOS EN LA MATRICULA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES DISTRITO III
A quien está dirigida la presente declaración jurada :
El presente registro está dirigido a los profesionales médicos en general INCLUIDOS EN EL DNU 260/2020, NO REGISTRADOS EN LA MATRICULA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES"
Es un registro excepcional y temporario en los términos del DNU 260/2020 del Poder Ejecutivo Nacional y a la Emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19 .
Aplica a la jurisdicción del COLEGIO DE MEDICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES DISTRITO III que abarca los siguientes partidos: MORON, MATANZA, MERLO ESTEBAN ECHEVERRIA, EZEIZA, HURLINGHAM, ITUZAINGO, MARCOS PAZ, LAS HERAS Y CAÑUELAS a los fines de dar cumplimiento con lo normado por D.L. 5413/58.-
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VERIFICADOR DE CERTIFICADO PROVISORIO
Una vez recibida y verificada la documentación, se le enviará vía mail un turno para asistir a finalizar el trámite.-
Es condición indispensable, concurrir ese día con los originales de la documentación enviada por mail.