Eximición del Pago de Matrícula Anual por la Ley 15.434/2023
ARTÍCULO 2°: Quedan exentos del pago del aporte mensual correspondiente a la matrícula profesional al Colegio de Médicos de la Provincia de Buenos Aires, los profesionales médicos que se encuentren en el sistema de residencias del sistema de salud de la provincia de Buenos Aires.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 2º de la mencionada Ley, la Asamblea anual del Colegio ha establecido eximir del pago de la Matrícula a los Residentes del Sector Público de la Provincia de Buenos Aires, como viene haciéndolo con los médicos mayores de 65 años, ambos, solo deberán afrontar el Pago del Fondo de Resguardo Profesional, que les brinda una Póliza de Seguros de Responsabilidad Civil Profesional, para el Ejercicio en todo el país, Defensa Penal, Asesoramiento Legal y el Servicio del PASMMe. La misma tiene un único valor y reviste la característica de Solidaridad que la profesión necesita.
Los médicos Residentes del Sector Público, para Certificar su condición, mientras esta se mantenga, deberán anualmente presentar la Certificación de su CONDICION DE RESIDENTE en este Colegio de Médicos, firmada por el Jefe o Jefa de Docencia e Investigación de cada Hospital y refrendada esta firma por el Director del mismo, desde el 1º de julio al 31 de octubre.