En el marco del Día Mundial de los Cuidados Paliativos, y como en distintas partes del mundo, se llevaron a cabo las "Primeras Jornadas sobre Cuidados Paliativos" en la sede del Colegio de Médicos Distrito III de Morón, el pasado jueves 9 de octubre.
Las mismas fueron de modalidad híbrida, por lo cual compartimos las cinco intervenciones de disertantes que contaron sus experiencias en distintos centros de salud del país.
Disertantes:
Dr. Alberto "Panta" Delbo (Htal. Posadas)
https://www.youtube.com/watch?v=0aVucUGIclc
Dr. Mariano Díaz (Htal. Posadas)
https://www.youtube.com/watch?v=wOULdMJsGUQ
Dra. María Ángeles Minatel (Htal. Cuenca Alta)
https://www.youtube.com/watch?v=rFr7hIbuj2Y
Dra. Romina Montiel (Htal. Eurekian-Ezeiza)
https://www.youtube.com/watch?v=EgFEf19Mw7o
Dra. Ana Ventieri (Htal. De Morón)
https://www.youtube.com/watch?v=8zrXrXIbDXw
La Comisión de Bioética definió estructurar el análisis del tema, desde cuatro perspectivas, a saber:
- Centrada en la persona.
- En el marco de las legislaciones vigentes.
- Desde la situación real de la gestión de Servicios y formación profesional.
- Desde el aporte de la Bioética.
- El primer tema a desarrollar se centra en la persona:
Se establece que la ruptura del equilibrio salud/enfermedad expone al individuo a una situación de mayor vulnerabilidad, en todas sus dimensiones: física, psíquica, social y espiritual.
De este modo, se acrecienta la fragilidad humana por la intercurrencia de diversos factores. Los podemos clasificar en:
1.1 Intrínsecos, en referencia al diagnóstico y pronóstico de la enfermedad. Debemos tener en cuenta para el abordaje del enfermo, no solamente el pronóstico estadístico, sino el personalizado de cada paciente.
En el marco de la presencia de enfermedades concomitantes que impactan, en mayor o menor medida al deterioro del estado vital del sujeto.
1.2 Extrínsecos, relacionados con diferentes causas, entre ellas podemos citar las siguientes:
- a) Sociales: desde el punto de vista relacional y en el contexto de la presencia/ausencia de familiares o personas de apoyo, que se ocupan de la atención del enfermo y de cubrir sus necesidades.
Asociado a que el proceso de final de la vida se percibe de manera diferente en las distintas culturas; en ocasiones a las personas por la enfermedad o simplemente por la ancianidad son estigmatizadas, no incluyéndolas en el tejido social.
- b) Económicos: cuando no se encuentran satisfechas las necesidades básicas, por carencia individual o por falta y/o incumplimiento de las Políticas de Salud.
- c) Accesibilidad: referidas al acceso a los Servicios de Salud por ausencia de servicios cercanos especializados en el abordaje de la problemática.
Adicionando el uso de TICs, algunas personas presentan diferentes grados de dificultad en el manejo de plataformas virtuales y aplicaciones digitales, que obstaculizan su atención.
- El segundo tema hace referencia a las legislaciones vigentes:
Sobre normativas en Cuidados Paliativos, sintéticamente se mencionan las siguientes1:
1Fuente: Lafferriere JN. Los cuidados paliativos en la normativa jurídica sobre salud en Argentina. Rev. Argent Salud Publica. 2023;15:e113. REVISIONES* Jorge Nicolás Lafferriere1. Dr. en Ciencias Jurídicas. 1 Universidad Católica Argentina (UCA), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina.
2.1 Resolución 201/2002 del Ministerio de Salud (2002), incluye la prestación en el Programa Médico Obligatorio de Emergencia, aunque limitados a los casos de los pacientes en situación de terminalidad.
2.2 Ley 26.742 (2012) reformó la Ley 26.529 de Derechos del Paciente (2009) incorporando la asistencia en Cuidados Paliativos como derecho del que se debe informar al paciente al momento de recabar su consentimiento informado.
2.3 El Decreto 1089/2012 que reglamenta la Ley 26.529, refuerza dicha disposición en el marco de la elaboración de las Directivas Anticipadas.
2.4 Ley 26. 994 el Código Civil y Comercial: incluye y ratifica la prestación como derecho en el año 2014 y en referencia a la solicitud del Consentimiento Informado.
2.5 Ley de Cuidados Paliativos: 27.678 (año 2022) reglamentada por el Decreto 311/2023.
Surgen varios interrogantes:
- • PMO?
- • ¿Actualizado en cuanto a lo que establece la ley?
- • ¿Existe una coordinación de los sistemas de salud en sus distintos niveles?
- • ¿El acceso a los servicios y a los tratamientos, están asegurados?
- • ¿Se promueve la formación y capacitación continua de los profesionales?
- El tercer tema está enfocado desde la gestión de Servicios y formación profesional:
La Ley prevé la creación de Servicios de Cuidados Paliativos y formación de equipos especializados.
Establece una política orientada a la integración en el sistema de salud con equipos interdisciplinarios, el acceso a los medicamentos esenciales y la formación de los profesionales de la salud.
Asimismo, ratifica la inclusión en el Programa Médico Obligatorio (PMO), que alcanza a las obras sociales y las empresas de medicina prepaga; no se limita a los casos de pacientes terminales, sino que abarca las enfermedades amenazantes o limitantes para la vida
En el ámbito formativo, diferentes instituciones en CABA ofrecen formación de posgrado, entre ellas UBA, EL SALVADOR, FLACSO, FAVALORO, INSTITUTO PALLIUM, entre otras.
- Desde la perspectiva Bioética:
Honrar el valor de la vida y la dignidad de las personas, desde su comienzo hasta su fin natural, es un imperativo Bioético.
Los Cuidados Paliativos se incluyen en la Corriente Bioética de la Ética del Cuidado, en pos de una medicina humanizada y centrada en la persona.
La Ética del Cuidado es un marco ético que prioriza las relaciones interpersonales, la interdependencia y la atención a las necesidades concretas de los demás, en contraste con las éticas tradicionales que se enfocan en principios abstractos y universales como la justicia.
Este enfoque, impulsado por teóricas feministas como Carol Gilligan, enfatiza la empatía, la responsabilidad mutua y la importancia de responder a las vulnerabilidades humanas dentro de una red de relaciones.
En cada caso en particular, proceder a la ponderación de los Principios de Autonomía, Beneficencia, No Maleficencia y Justicia y aplicar las Reglas de Veracidad, Confidencialidad, Intimidad y Consentimiento, requiere de la consulta a los Comités Hospitalarios de Bioética.
Adecuar las medidas terapéuticas en el final de vida requiere de una estrategia cimentada en la comunicación ética, en la empatía y en el conocimiento de los deseos de las personas.; repensar la autonomía desde la Ética de la Responsividad2.
2 Kottow Lang, M. (2023). Autonomía relacional en bioética. Revista Iberoamericana De Bioética, (22), 1–17. https://doi.org/10.14422/rib.i22.y2023.001.
Este ejercicio facilitará la planificación de las acciones de manera proporcionada, evitando futilidades. Aplicando la resultante de los cocientes: costo/beneficio-riesgo/beneficio y carga/beneficio, se evitan procedimientos fútiles, que solo prolongan el dolor y el sufrimiento.
Según la definición de la OMS:
“es en el campo de los Cuidados Paliativos donde se puede asegurar un modelo de atención que mejora la calidad de vida de pacientes y familias que se enfrentan a los problemas asociados con enfermedades que amenazan o limitan la vida, a través de la prevención y alivio del sufrimiento por medio de la identificación temprana, la evaluación y el tratamiento del dolor y otros problemas, físicos, psicológicos, sociales y espirituales”.
Deseamos que esta jornada sirva de anclaje para la conformación de una Red Profesional de Cuidados Paliativos, que contenga y sostenga la actividad de los profesionales del Distrito que requieran de dicha atención para sus pacientes.
Les convocamos gentilmente a los disertantes a diseñar y organizar esta herramienta.
A manera de final de este evento Compartimos la frase de Hipócrates:
“Curar a veces, aliviar a menudo, consolar siempre”.
Muchas gracias.
Comisión de Bioética.
Dres. Norberto Felci, Dra. Silvia Oger, Dra. Patricia Okurzaty y Dr. Emilio Tugender.